Nuevos montos de informe a AFIP sobre tus fondos bancarios

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Como ya te contamos, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) tiene varias fuentes de información para saber los movimientos que realizamos. Los bancos, las tarjetas de crédito y débito, y las billeteras virtuales le dan aviso sobre transacciones realizadas cuando excedemos ciertos límites.

En esta nota te contamos todo lo que necesitás saber sobre los cambios en la reglamentación en cuanto a los límites establecidos para que las entidades den aviso a la AFIP:

  • ¿A partir de qué monto los bancos o billeteras virtuales reportan los movimientos a la AFIP?
  • ¿Los gastos con tarjeta de débito también son informados?
  • ¿Para quiénes aplica la medida?

¿A partir de qué monto los bancos o billeteras virtuales reportan los movimientos a la AFIP?

Recientemente, el organismo actualizó los montos que deben ser informados de ingresos, consumos, saldos mensuales en cuentas o depósitos a plazo fijo, así como transferencias bancarias o a través de billeteras virtuales.

A partir del 1° de mayo, las entidades financieras deben informar el monto total acumulado de las acreditaciones y extracciones mensuales y los saldos en las cuentas de sus clientes si estos superan los $200.000. Anteriormente el límite era $90.000.

Por otra parte, las billeteras virtuales deben brindar información de las cuentas que registren ingresos o egresos totales iguales o mayores a $120.000 o tenga el último día hábil del mes saldos superiores a $200.000.

Nuevos montos de informe a AFIP sobre tus fondos bancarios

Además, si realizás una transferencia a través de tu banco o tu billetera virtual que supere los $400.000, la AFIP será informada.

¿Los gastos con tarjeta de débito también son informados?

¡Sí! Antes las compras superiores a $30.000 debían ser reportadas a la AFIP. Hoy, se notifica cuando los montos acumulados en cada cuenta informada son iguales o superiores a $120.000 en consumos con tarjetas de débito realizados en el país.

¿Para quiénes aplica la medida?

Aplica a las personas con cuenta bancaria o billetera virtual que realicen transacciones o posean en sus cuentas a fin de mes un monto superior a los mencionados anteriormente.

La AFIP está en conocimiento de cada paso que damos en relación con nuestras finanzas. ¡No te asustes! Como ya hablamos, si no hay inconsistencia entre tus ingresos declarados y los movimientos que realizás en tu cuenta bancaria o en tu billetera virtual, no tenés de qué preocuparte.

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Fuente: https://servicioscf.afip.gob.ar/publico/sitio/contenido/novedad/ver.aspx?id=2204


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