La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los topes de facturación de cada categoría del monotributo. Esto significa un poco de alivio para los pequeños contribuyentes que, además, debieron realizar el trámite para recategorizarse.
Si sos monotributista, seguramente te interesen las novedades de este régimen para trabajadores independientes:
- ¿Cuáles fueron los cambios anunciados por la AFIP?
- ¿Cuáles son las escalas del monotributo?
- ¿Qué es la recategorización?
¿Cuáles fueron los cambios anunciados por la AFIP?
A través del decreto 315/2023 publicado en el Boletín Oficial se adelantó a julio del 2023 el aumento anual previsto para enero de los parámetros de ingresos brutos que deben utilizar los monotributistas para determinar la categoría que les corresponde abonar. Esta es una buena noticia porque les permitirá recomponer el poder adquisitivo y obtener una mejora en sus ingresos.
Además, esos nuevos parámetros fueron los que se tomaron en cuenta para realizar la recategorización del 1 al 20 de julio, con prórroga hasta el 27 de julio.
Importante: la cuota mensual quedó igual y los monotributistas podrán acceder a créditos a tasa fija del 43% para capital de trabajo.
¿Cuáles son las escalas del monotributo?
Los niveles de facturación del monotributo aumentaron a partir del 1° de julio de 2023 un 41,5%, cifra que surgió a partir del índice de movilidad jubilatoria acumulado en el año.
Los topes de facturación se modificaron de la siguiente manera:
- Categoría A pasó de $ 999.657,23 a $ 1.414.762,58
- Categoría B de $ 1.485.976,96 a $ 2.103.025,45
- Categoría C de $ 2.080.367,73 a $ 2.944.235,60
- Categoría D de $ 2.583.720,42 a $ 3.656.604,33
- Categoría E de $ 3.042.435,05 a $ 4.305.799,15
- Categoría F de $ 3.803.043,82 a $ 5.382.248,94
- Categoría G de $ 4.563.652,57 a $ 6.458.698,71
- Categoría H de $ 5.650.236,51 a $ 7.996.484,11
- Categoría I de $ 6.323.918,55 a $ 8.949.911,06
- Categoría J de $ 7.247.514,92 a $ 10.257.028,68
- Categoría K de $ 8.040.721,19 a $ 11.379.612,01
¿Qué es la recategorización?
Es una evaluación a la cual se deben someter los monotributistas cada 6 meses (en enero y julio) para saber si mantienen la categoría en la que se encuentran o deben modificarla. Se evalúa la actividad de los últimos 12 meses y si sus parámetros superan o son inferiores a la categoría vigente, deben recategorizarse en la página de la AFIP en los periodos establecidos.
¿Transcurrieron menos de 6 meses desde tu inscripción al monotributo o mantuviste la misma categoría? No te preocupes, para estos casos no era necesario efectuar ninguna acción.
Ahora, si no te recategorizaste y te correspondía, la AFIP te puede recategorizar de oficio e incluso sancionar.